Por: El Economista
La incorporación de inteligencia artificial generativa en los procesos productivos plantea implicaciones en la relación entre empleadores y trabajadores en México; dicho impacto abarca cuatro vertientes: exposición de tareas, automatización de procesos, transformación de perfiles y desplazamiento estructural de personal. De ahí que las empresas que invierten en tecnología deben prever el costo financiero y legal de las liquidaciones, ajustándose a los procedimientos vigentes ante las autoridades laborales.
“Cuando la adopción de estas tecnologías deriva en la necesidad de dar de baja a personal por desplazamiento de funciones, las empresas enfrentan responsabilidades legales que trascienden el despido ordinario”, explicó Héctor De la Cruz, socio del despacho De la Vega & Martínez Rojas.
A pesar de que la Ley Federal del Trabajo no contempla de forma explícita el término inteligencia artificial, el marco legal regula la sustitución de puestos mediante la implementación de tecnología. De la Cruz explicó que la reestructuración por automatización se encuadra en el artículo 439 de la legislación laboral, relativo a la implantación de maquinaria o procedimientos nuevos de trabajo.
“En los escenarios donde la adopción tecnológica reduzca la plantilla laboral y no medie un convenio previo entre las partes, las organizaciones deben tramitar la autorización ante el Tribunal Laboral correspondiente para proceder con las bajas”, detalló el especialista.

